martes, 27 de enero de 2015

REGISTRO MERCANTIL CENTRAL

Para conseguir el nombre de tu empresa deberás dirigirte al Registro Mercantil Central y solicitar el certificado negativo de denominación social,  que es el documento que acredita que el nombre elegido para la sociedad que va a nacer, no coincide con el de ninguna otra ya existente.

Para la obtención de este certificado deberás presentar el documento en el que figuren 5 posibles nombres para tu empresa. Te recomendamos que intentes buscar un nombre original o un nombre compuesto, debido a la gran cantidad de nombres que ya hay registrados.


Una vez concedido el certificado, el nombre quedará reservado para el solicitante durante 6 meses, aunque sólo tendrá validez de 3 meses hasta la firma de la escritura de constitución en el notario. En caso de superar este periodo, deberás proceder a su renovación. Transcurridos seis meses sin su utilización, el nombre vuelve a estar disponible para cualquiera.

Dicha solicitud de la certificación negativa del nombre puede hacerse vía telemática en la página web: http://www.rmc.es/ SECCIÓN DE DENOMINACIONES  rellenando el documento que aparece a continuación:





TARIFAS:
  • Consulta hasta un máximo de 3 denominaciones: 1,803036 €
  • Certificación (Presentación 6,010121 + Busca 1,502530 + Certificación 6,010121) = 13,52€


SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN DE DENOMINACIÓN SOCIAL


En dicha solicitud deben consignarse los siguientes datos:



1.- INTERESADO o beneficiario de la certificación:
La solicitud de certificación deberá incluir el nombre de uno de los fundadores o promotores. En caso de modificación de la denominación, el interesado o beneficiario es la propia sociedad o entidad.



2.- DENOMINACIÓN SOCIAL:
En cada solicitud de Certificación negativa se consignarán hasta un máximo de cinco denominaciones por orden de preferencia.


FORMA DE SOLICITAR LA CERTIFICACIÓN NEGATIVA DEL NOMBRE

a) Directamente en las oficinas del Registro Mercantil Central, con un impreso de solicitud de Certificación.
 

b) Por correo: Remitiendo una solicitud o una carta a las oficinas del Registro Mercantil Central. El Registro contestará remitiendo la certificación contra reembolso a la dirección indicada en la solicitud.
 

c) Por vía telemática. Rellenando el formulario existente en la Web del Registro Mercantil Central.






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